Código Tributario › TÍTULO II. DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
Art. 30.6
Tratamiento a personas naturales o jurídicas no residentes en Ecuador
Vigente desde 2021-11-29
El Servicio de Rentas Internas velará porque los procedimientos instaurados para la aplicación de Convenios Internacionales suscritos por la República del Ecuador sean fielmente aplicados y se otorgue un tratamiento expedito a las peticiones formuladas por personas naturales o jurídicas no residentes en Ecuador, que se amparen en dichos instrumentos.
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