Disposición Transitoria DÉCIMA CUARTA
DT 14
Vigentedesde el 29 de julio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 29 de julio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Una vez que entre en vigencia el presente Código la Directora o el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, con sujeción a la Ley y de conformidad con las necesidades y fines institucionales, podrá disponer el traslado o traspaso administrativo de las servidoras o servidores públicos de la institución, inclusive de los que formaban parte del Servicio de Vigilancia Aduanera.
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