Art. zf-50.12 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones
Operaciones entre Zonas Francas
Vigentedesde el 29 de julio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 29 de julio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Puede traspasarse, entre áreas calificadas como Zonas Francas, materias primas, equipos, maquinaria, entre otros. De la misma manera podrán transferirse labores y servicios entre usuarios o empresas de servicios que se encuentren en la misma área de la Zona Franca o entre distintas áreas calificadas como Zona Franca, siempre que se cumpla con el tránsito aduanero entre las mismas.
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