Art. 64 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones
Garantías
Vigentedesde el 29 de julio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 29 de julio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La autoridad reguladora financiera establecerá un régimen especial de garantías para el financiamiento privado y público de las MIPYMES, y para el desarrollo de iniciativas de capital de riesgo, tanto públicas como privadas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.