Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones › TÍTULO IV De la Administración Aduanera
Art. 213
De la administración del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Vigente desde 2026-07-29
La administración del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador corresponderá a la Directora o el Director General, quien será su máxima autoridad y representante legal, judicial y extrajudicial, en razón de lo cual ejercerá los controles administrativos, operativos y de vigilancia señalados en este Código, a través de las autoridades referidas en el artículo anterior en el territorio aduanero.
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