Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones › TÍTULO I Del Fomento, Promoción y Regulación de las Inversiones Productivas
Art. 16.2
Valor Agregado Nacional
Vigente desde 2026-07-29
El ministerio a cargo de la política de producción, comercio exterior e inversiones, conjuntamente con el organismo rector de las compras públicas, desarrollarán mecanismos pertinentes para fomentar el componente nacional agregado en la adquisición de bienes y servicios, en las compras públicas y en las inversiones que se realicen en los proyectos en los sectores estratégicos, y de conformidad con los acuerdos internacionales ratificados por el Ecuador.
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