Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y DescentralizaciónTITULO IV REGÍMENES ESPECIALES

Art. 82

Reforma del Estatuto

Vigente desde 2026-06-15

Las reformas al estatuto se realizarán con sujeción al proceso en él establecido, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.