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Art. 315 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Organización

Vigentedesde el 15 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Las entidades tendrán la denominación y los organismos directivos que se señalen en el estatuto correspondiente. Las entidades deberán promover la democracia interna, la solidaridad, la representación y la participación de todos los miembros.

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