Art. 288 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
Reforma al convenio
Vigentedesde el 15 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La reforma al convenio de una mancomunidad deberá realizarse cumpliendo el mismo procedimiento y requisitos que los exigidos para su conformación, requiriendo la resolución de cada uno de los órganos legislativos, debiéndose establecer una adenda al convenio de creación.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.