Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización › TÍTULO V DESCENTRALIZACIÓN Y SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS
Art. 120
Recursos
Vigente desde 2026-06-15
Al Consejo Nacional de Competencias se asignarán los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de sus fines institucionales, con cargo al presupuesto general del Estado.
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