Disposición Transitoria Tercera
DT ro180-3
Vigentedesde el 30 de mayo de 2024
- Consolidación:
- texto consolidado al 30 de mayo de 2024, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
A partir de la entrada en vigencia de la presente reforma parcial, el personal de las Fuerzas Armadas, así como, el personal que realiza el servicio cívico militar voluntario recibirán, de forma permanente y continua, capacitación jurídica, técnica y estratégica, con énfasis en derechos humanos y fundamentales, en el ámbito de la protección interna y mantenimiento del orden público; lo cual deberá ser verificado e informado a la Asamblea Nacional por la Defensoría del Pueblo del Ecuador en su informe anual de labores.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.