Art. 64 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Gestión y estructura. La Superintendencia de Bancos podrá establecer intendencias regionales dentro del territorio nacional. La estructura administrativa de la Superintendencia contará con las instancias, intendencias especializadas en los sectores financieros público y privado, unidades, divisiones técnicas y órganos asesores que se establezcan en el respectivo estatuto orgánico por procesos, que deberá ser aprobado de conformidad con lo que dispone la Ley Orgánica del Servicio Público.
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