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Art. 55.1 del Código Orgánico Monetario y Financiero

Vigentedesde el 4 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
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Investigaciones económicas. El Banco Central del Ecuador propondrá y desarrollará investigaciones económicas y de medios y sistemas de pago que contribuyan al asesoramiento y adopción de políticas atinentes a sus principales funciones y fortalezcan la toma de decisiones de sus autoridades y las recomendaciones de política económica que estas hagan a las demás entidades públicas.

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