Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTÍTULO III DISPOSICIONES AFINES

Art. 505

Vigente desde 2026-06-04

Pérdida de la acción. El portador o tenedor que no presentare el cheque para el pago dentro del plazo legal, perderá su acción contra el endosante, y contra el girador, cuando, habiendo tenido fondos, se llegaren a perder, después de expirado el plazo, por haberse declarado en liquidación a la entidad financiera.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.