Art. 501 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Cheque no negociable. El cheque que contenga la expresión "no a la orden" u otra equivalente como "no endosable", "no negociable", "no transferible", no es transferible sino en la forma y con los efectos de una cesión ordinaria. El banco girado que reciba un cheque con cualquiera de las expresiones antes indicadas, únicamente podrá acreditar su valor en una cuenta perteneciente al beneficiario, o pagarlo en moneda al propio beneficiario o al cesionario.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.