Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTÍTULO III DISPOSICIONES AFINES

Art. 483

Vigente desde 2026-06-04

Responsabilidad del girador. El girador responde por el pago. Toda cláusula por la cual el girador se exima de esta responsabilidad no tiene valor.

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