Art. 47 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Estructura administrativa. La estructura administrativa del Banco Central del Ecuador se establecerá en el estatuto aprobado por la Junta de Política y Regulación Monetaria. El estatuto deberá procesarse conforme lo establecido en normativa del ente rector competente.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.