Art. 398 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Naturaleza. Las entidades del sector financiero privado se constituirán como personas jurídicas de derecho privado. En el ejercicio de sus operaciones y servicios financieros se regirán por las disposiciones propias y aplicables a las instituciones financieras.
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