Código Orgánico Monetario y Financiero › TÍTULO II SISTEMA FINANCIERO NACIONAL
Art. 294
Vigente desde 2026-06-04
Pérdida de derechos de accionistas y socios y cesación de administradores. A partir de la fecha de la resolución de suspensión de operaciones y la exclusión y transferencia de activos y pasivos de la entidad financiera inviable, se pierden los derechos de sus accionistas o socios y cesan automáticamente en sus funciones los administradores, sin lugar a reclamo e indemnización alguna, aun cuando tengan una relación de dependencia con la entidad; además, se prohíbe la enajenación de bienes de propiedad de los accionistas con propiedad patrimonial con influencia, terceros vinculados y administradores, para lo cual el organismo de control efectuará todas las acciones pertinentes.
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