Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 288 del Código Orgánico Monetario y Financiero

Vigentedesde el 4 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Carácter reservado de los programas de supervisión intensiva. Los programas de supervisión intensiva y toda la información de sustento serán reservados por el plazo de veinticinco años. Las superintendencias y las entidades financieras estarán obligadas a guardar la correspondiente reserva. La información de los procesos de supervisión preventiva y correctiva estará sujeta a reserva por el plazo de quince años.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.