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Art. 250.1 del Código Orgánico Monetario y Financiero

Vigentedesde el 4 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
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Seguros obligatorios para entidades financieras públicas. Las entidades financieras públicas podrán, previa aprobación del directorio, asumir los costos relacionados a los seguros obligatorios para operaciones de crédito del segmento microcrédito, de hasta diez mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 10.000) de capital.

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