Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTÍTULO II SISTEMA FINANCIERO NACIONAL

Art. 250.1

Vigente desde 2026-06-04

Seguros obligatorios para entidades financieras públicas. Las entidades financieras públicas podrán, previa aprobación del directorio, asumir los costos relacionados a los seguros obligatorios para operaciones de crédito del segmento microcrédito, de hasta diez mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 10.000) de capital.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.