Art. 226 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Control de las actividades financieras. Las superintendencias, de acuerdo con sus competencias, controlarán las actividades financieras del sistema financiero nacional.
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