Art. 152.3 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Inclusión y educación financiera
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La inclusión y educación financiera constituyen instrumentos orientados a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, mediante el acceso y uso responsable de productos y servicios financieros adecuados, bajo criterios de prudencia y sostenibilidad crediticia. La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria incorporará en la Política Nacional de Inclusión Financiera los lineamientos, objetivos y acciones que orienten la planificación y ejecución de iniciativas públicas y privadas en esta materia, contemplando de manera específica una estrategia integral para el desarrollo del componente de educación financiera.
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