Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTÍTULO II SISTEMA FINANCIERO NACIONAL

Art. 152.3

Inclusión y educación financiera

Vigente desde 2026-06-04

La inclusión y educación financiera constituyen instrumentos orientados a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, mediante el acceso y uso responsable de productos y servicios financieros adecuados, bajo criterios de prudencia y sostenibilidad crediticia. La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria incorporará en la Política Nacional de Inclusión Financiera los lineamientos, objetivos y acciones que orienten la planificación y ejecución de iniciativas públicas y privadas en esta materia, contemplando de manera específica una estrategia integral para el desarrollo del componente de educación financiera.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.