Código de Comercio › TÍTULO CUARTO DEL CONTRATO DE TRANSPORTE MULTIMODAL
DG 2
(Disposición General SEGUNDA)
Vigente desde 2025-10-13
Para los efectos legales pertinentes, las matrículas de comercio obtenidas con anterioridad a la fecha de publicación del presente Código en el Registro Oficial, mantendrán su vigencia.
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