Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO SEGUNDO EL CONTRATO DE TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL

Art. 916

Vigente desde 2025-10-13

El rango de preferencia de los créditos marítimos está determinado en las convenciones internacionales suscritas y ratificadas por la República del Ecuador.

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