Código de Comercio › TÍTULO SEGUNDO EL CONTRATO DE TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
Art. 904
Vigente desde 2025-10-13
Los acreedores de hipotecas navales conservan su derecho a solicitar el embargo y remate de la nave gravada para el pago de su crédito, aunque aquella haya pasado al dominio de un tercero con justo título y de buena fe.
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