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Art. 904 del Código de Comercio

Vigentedesde el 13 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Los acreedores de hipotecas navales conservan su derecho a solicitar el embargo y remate de la nave gravada para el pago de su crédito, aunque aquella haya pasado al dominio de un tercero con justo título y de buena fe.

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