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Art. 791 del Código de Comercio

Vigentedesde el 13 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El reasegurador se obliga a indemnizar al asegurador, según los términos del contrato de reaseguro, y solamente los reasegurados tienen derechos y acciones para reclamar al amparo de la póliza de reaseguro.

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