Art. 766 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En los casos no previstos en esta sección se aplicará las disposiciones sobre el seguro marítimo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.