Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO DUODÉCIMO EL CONTRATO DE OPERACIÓN LOGÍSTICA

Art. 684

Vigente desde 2025-10-13

El contrato de operación logística podrá celebrarse para un evento en particular o para una sucesión continua de prestación del servicio de operación logística. En ambos casos el contrato deberá celebrarse por escrito, sin perjuicio de que pueda acreditarse su existencia a través de mensaje de datos.

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