Art. 681 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El contrato se extinguirá por la muerte del prestador del servicio si fuere persona natural; o, disolución, si jurídica.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.