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Art. 445 del Código de Comercio

Vigentedesde el 13 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El comitente no tiene acción contra la persona con quien ha tratado el comisionista, y, recíprocamente, ésta no la tiene contra el comitente.

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