Art. 335 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La obligación del comprador de proceder a la recepción de la mercadería, conlleva realizar todos los actos que razonablemente se pueda esperar de él para que el vendedor haga la entrega. SUBSECCIÓN III DERECHOS Y ACCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO POR EL COMPRADOR
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.