Art. 334 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Sin perjuicio de la terminación unilateral del contrato y de las acciones que se aluden en las disposiciones generales de este título, el vendedor goza de los derechos que se consignan en esta subsección.
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