Art. 322 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Si las mercaderías no fueren conformes al contrato, el comprador podrá exigir al vendedor que las repare para subsanar la falta de conformidad. La petición de que se reparen las mercaderías podrá formularse al hacer la notificación por falta de conformidad de las mercaderías que se refiere este título.
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