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Art. 283 del Código de Comercio

Vigentedesde el 13 de octubre de 2025

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texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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En la medida que la cesión de un contrato involucre una cesión de créditos, se aplicarán las disposiciones de la cesión de derechos constantes del presente Libro.

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