Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO SEGUNDO TÍTULOS DE CRÉDITO

Art. 201

Vigente desde 2025-10-13

El comprador o adquirente de un bien, derecho o de un servicio, tiene derecho a exigir la factura con el requisito de llenado de las formas de pago aplicadas al documento y se identifique el monto pagado y el saldo pendiente.

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