Art. 1341 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La responsabilidad del operador de transporte multimodal por las mercancías en virtud del presente Código abarca el período comprendido desde el momento en que toma las mercancías bajo su custodia hasta el momento en que las entrega.
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