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Art. 1336 del Código de Comercio

Vigentedesde el 13 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Cuando el documento de transporte multimodal se emita en forma negociable: a) Se extenderá a la orden o al portador; b) Si se extiende a la orden, será transferible por endoso; c) Si se extiende al portador, será transferible sin endoso; d) Si se emite un juego de varios originales, se indicará el número de originales de que consta el juego; e) Si se emiten copias, cada una de ellas deberá llevar la leyenda "copia no negociable.

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