Art. 1336 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Cuando el documento de transporte multimodal se emita en forma negociable: a) Se extenderá a la orden o al portador; b) Si se extiende a la orden, será transferible por endoso; c) Si se extiende al portador, será transferible sin endoso; d) Si se emite un juego de varios originales, se indicará el número de originales de que consta el juego; e) Si se emiten copias, cada una de ellas deberá llevar la leyenda "copia no negociable.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.