Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO SEGUNDO EL CONTRATO DE TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL

Art. 1156

Vigente desde 2025-10-13

Nada de lo dispuesto en la presente sección irá en perjuicio del derecho de repetición que pueda amparar al propietario de la nave.

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