Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO II DEL PRINCIPIO Y FIN DE LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS

Art. 75

Vigente desde 2025-11-26

Cada uno de los poseedores provisionales prestará caución de conservación y restitución, y hará suyos los respectivos frutos e intereses.

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