Código Civil › TÍTULO IV DE LA OCUPACIÓN
Art. 649
Vigente desde 2025-11-26
Subastada la especie, se mirará como irrevocablemente perdida para el dueño.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
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Subastada la especie, se mirará como irrevocablemente perdida para el dueño.
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