Código Civil › TÍTULO XIII DE LA EMANCIPACIÓN
Art. 314
Vigente desde 2025-11-26
La adopción es una institución en virtud de la cual una persona, llamada adoptante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre, señalados en este Título, respecto de un menor de edad que se llama adoptado. Sólo para los efectos de la adopción se tendrá como menor de edad al que no cumple 21 años.
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