Código Civil › TÍTULO VII DE LOS HIJOS CONCEBIDOS EN MATRIMONIO
Art. 245
Vigente desde 2025-11-26
Cuando por haber pasado la madre a otras nupcias se dudare a cuál de los dos matrimonios pertenece un hijo y se solicitare una decisión judicial, el juez resolverá por el resultado del examen comparativo de los patrones de bandas o secuencias de ácido desoxirribonucleico (ADN).
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.