Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XXXIX DE LA PRELACIÓN DE CRÉDITOS

Art. 2372

Vigente desde 2025-11-26

Las causas de preferencia son solamente el privilegio y la hipoteca. Estas causas de preferencia son inherentes a los créditos para cuya seguridad se han establecido, y pasan con ellos a todas las personas que los adquieran por cesión, subrogación o de otra manera.

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