Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XXXVIII DE LA TRANSACCIÓN

Art. 2365

Vigente desde 2025-11-26

Si se ha estipulado una pena contra el que deja de ejecutar la transacción, habrá lugar a la pena, sin perjuicio de llevarse a efecto la transacción en todas sus partes.

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