Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XXXVIII DE LA TRANSACCIÓN

Art. 2357

Vigente desde 2025-11-26

Es nula, asimismo, la transacción, si al tiempo de celebrarse estuviere ya terminado el litigio por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y de que las partes o alguna de ellas no hayan tenido conocimiento al tiempo de transigir.

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