Art. 2239 del Código Civil
Vigentedesde el 26 de noviembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 26 de noviembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La fianza puede ser convencional, legal o judicial. La primera se constituye por contrato, la segunda se ordena por la ley, la tercera por decisión del juez. La fianza legal y la judicial se sujetan a las mismas reglas que la convencional; salvo en cuanto la ley que la exige o el Código de Procedimiento Civil disponga otra cosa.
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