Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XXXII DE LOS CUASICONTRATOS

Art. 2199

Vigente desde 2025-11-26

Del que da lo que no debe no se presume que lo dona, a menos de probarse que tuvo perfecto conocimiento de lo que hacía, tanto en el hecho como en el derecho.

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