Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO V OBLIGACIONES Y DERECHOS ENTRE LOS CÓNYUGES

Art. 208

Vigente desde 2025-11-26

Las donaciones que un esposo hace al otro antes de celebrarse el matrimonio y en consideración a él, y las donaciones que un tercero hace a cualquiera de los esposos antes o después de celebrarse el matrimonio y en consideración a él, se llaman en general donaciones por causa de matrimonio.

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