Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XXVII DEL MANDATO

Art. 2024

Vigente desde 2025-11-26

Si el negocio interesa juntamente al que hace el encargo y al que lo acepta, o a cualquiera de estos dos y a un tercero, o a ambos y a un tercero, o a un tercero exclusivamente, hay verdadero mandato. Si el mandante obra sin autorización del tercero, hay entre estos dos el cuasicontrato de la agencia oficiosa.

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